miércoles, 4 de abril de 2018




Expliquemos el abuso de la posición dominante de las aseguradoras


Si una persona va a comprar un seguro contra terremoto, obligada por la ley o en forma voluntaria, solicita cotización a la compañía de seguros a través de un asesor en seguros. El asesor le entrega la cotización de la compañía de seguros la que palabras más, palabras menos, cotiza además para:
Incendio. Dicen las aseguradoras que son dos amparos indisolubles porque el terremoto produce incendios como ocurrió en el terremoto de San Francisco en 1906. No les importa que ya los terremotos no produzcan incendios, pues esto ocurría cuando la técnica no tenía el grado de avance actual. Hoy, y hace mucho tiempo, los terremotos no causan incendios; no hubo incendios en el terremoto de Popayán, en el del Eje Cafetero ni en los últimos terremotos ocurridos en el mundo.
Y a la cotización le agregan estos otros riesgos: anegación, avalancha, caída de aeronaves, erupción volcánica, explosiones, granizadas, humo, huracanes, rayo, maremoto, marejada, rotura de vidrios, temblor, tsunmi, vehículos.

Y solo le venden el seguro contra terremoto si toma los demás amparos, no les importa que su inmueble no esté expuesto a estos riesgos. Y claro, no le dan valores por cada riesgo sino valores totales por el total de la póliza. Por esto las aseguradoras no saben cuánto perciben y cuánto pagan por cada uno de estos riesgos, ni pueden saberlo, y menos divulgarlo.

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